En Qualitas Seguros  sabemos que muchas veces aunque seamos asegurados, no conocemos los Beneficios con los que contamos en Qualitas Seguros y si aun no lo eres esta informacion terminara de convencerte.

El Seguro de forma general, es un contrato por medio del cual una Aseguradora contrae el pago de una prima, se obliga a respaldar al Asegurado, en los términos convenidos en las Condiciones Generales de la Póliza, respecto de las consecuencias de un siniestro amparado por la póliza contratada de seguro automotriz. Por lo anterior, es importante conocer las condiciones generales de la póliza, así como los derechos que ambas partes adquieren al momento de su contratación.

Beneficios Antes de la contratación:

  • Elegir libre y voluntariamente la compañía de seguros que asumirá la cobertura del seguro que desea.
  • Elegir y contratar libremente aquella cobertura de seguro que vaya de acuerdo con sus necesidades e intereses, de manera que pueda obtener la debida protección que requiere a través de una póliza determinada.
  • Recibir información completa y veraz sobre las condiciones y términos del seguro que está por contratar. Esta información debe facilitarle la toma de decisiones de tal forma que pueda tener claro lo siguiente: »El bien o bienes a asegurar así como el tiempo de duración de la cobertura. »Forma de contratación (individual o colectiva)

Forma de pago (Periodicidad: anual, semestral, trimestral, mensual. Forma pago: Efectivo, tarjeta de crédito, depósito bancario).

  • Existencia de requisitos para recibir la cobertura, restricciones, deducciones y otras limitaciones del seguro.
  • La información de Nuestros Productos, las coberturas que ampara y las coberturas adicionales que pueda contratar.
  • Aquellos eventos que no podrán ser cubiertos por el seguro que se está contratando.
  • El monto de la prima, suma total por la cual se asegura el vehículo y la forma de pago.
  • Condiciones generales y particulares con respecto a la póliza, alcance de la(s) cobertura(s) a contratar y forma de conservarla.
  • Formas de terminación del contrato.

Beneficios Al momento de la contratación

  • Elegir libre y voluntariamente si desea contar o no, con un intermediario o agente de seguros que lo asesorará al tomar el seguro y durante su vigencia.
  • Solicitar a su Agente de Seguros su identificación y registro (Cédula) que lo acredite ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
  • Requerir se le informa el importe de la Comisión o Compensación Directa que le corresponde a su Agente o intermediario. Ésta se proporcionará por escrito o por medios electrónicos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.
  • Acceso a la información veraz, oportuna, clara y completa sobre las condiciones que rigen el seguro que contrató.
  • Recibir la póliza de seguro.
  • Obtener comprobante de pago de la prima una vez efectuado el mismo.
  • Conocer mis derechos y obligaciones como Asegurado, Contratante o Beneficiario de manera directa o a través del Intermediario o Agente de Seguros.

Beneficios En caso de siniestro

  • Recibir información completa sobre el proceso a seguir, así como de los requerimientos o Documentos necesarios y/o declaraciones que necesiten su firma para poder hacer efectivo el siniestro en caso de sufrir algún accidente.
  • Recibir el pago de las prestaciones procedentes en función a la suma asegurada contratada aunque la prima total del contrato de seguro no se encuentre pagada, siempre y cuando su forma de pago sea en parcialidades y no se haya vencido el período de gracia para el pago de la prima parcial correspondiente si es que este aplica.

Al pago de la indemnización o la reparación del vehículo asegurado, según determinen la Compañía y el Asegurado, siempre y cuando esté amparado por las Condiciones de seguro contratadas, haciendo del conocimiento del asegurado o beneficiario; las bases, criterios a seguir y las opciones que se encuentran cubiertas por la póliza.

Cobrar una indemnización por mora a la Compañía de Seguros, en caso de falta de pago oportuno de las sumas aseguradas de acuerdo con los términos del artículo 276 de la Ley de Seguros y Fianzas (LISF), mismos que se encuentran en la Cláusula 17ª de las Condiciones Generales.

En Qualitas Seguros sabemos que esta informacion es muy importante si ya eres usuario de Qualitas o a penas piensas contratar, ya que con estos Beneficios terminaras por convencerte.